Botiquines y Asistencia Sanitaria en Obra

Dar cumplimiento a la normativa sanitaria específica en obras de construcción.

El estado y la evolución de las lesiones derivadas de un accidente dependen en gran parte de la rapidez y de la calidad de los primeros auxilios recibidos. La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº269 de 10 de Noviembre de 1995), en el Capítulo III, artículo 20 marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia así como la adopción de la medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios.

Asistencia y tratamiento de urgencia, prestación de primeros auxilios ante alteraciones agudas de salud.

Nunca se sabe cuándo un empleado puede sufrir un inconveniente o accidente, y la realidad es que contar con servicios médicos es la mejor manera de prestarle una atención rápida que, en casos graves, puede salvarle la vida

El botiquín de obra estará dotado con los recursos suficientes y adecuados que garanticen la asistencia y eficacia del servicio ante situaciones de emergencia médica

Reforzar y complementar la estructura preventiva de la obra

Contribuir al cumplimiento de los plazos de ejecución de la obra, minimizando los desplazamientos de los trabajadores con patologías leves o comunes a centros sanitarios externos

Si un trabajador tiene un accidente en el trabajo y no tiene la atención debida, la empresa deberá responder ante la Justicia

Reducción del ausentismo gracias a la atención médica IN SITU

En términos económicos, no contar con servicios médicos puede costarte mucho.